
La Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo y su Centro de Resolución Alternativa de Controversias (CRC) valoraron positivamente la promulgación por el Presidente de la República, Luis Abinader, de la Ley 36-23 que modifica la Ley 50-87 sobre Cámaras de Comercio, la cual adapta la legislación a las nuevas necesidades y establece un nuevo nombre para los Centros de Resolución Alternativa de Controversias del país: Cortes de Arbitraje y Resolución Alternativa de Conflictos.
Lucile Houellemont, presidente de la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Santo Domingo, valoró como positiva la nueva pieza legislativa, que, a su juicio, representa un hito significativo para el desarrollo del arbitraje y el fortalecimiento del clima de negocios del país.
Houellemont dijo que los servicios de mediación, conciliación y arbitraje que ofrece la hoy Corte de Arbitraje y Resolución Alternativa de Conflictos de la Cámara de Comercio de Santo Domingo, representan mecanismos idóneos para la solución de conflictos de manera efectiva y definitiva, sin posibles apelaciones que alarguen la conclusión de estos.
“La modificación a la Ley 50-87 es un gran avance para la facilitación del comercio en el plano local e internacional porque nos permite continuar reflejando nuestro compromiso como nación con el fortalecimiento del estado de derecho y un clima de negocios favorable a la inversión privada, cónsono con nuestra misión de facilitar el hacer negocios entre las empresas y el desarrollo económico del país, en el sentido de tener leyes adaptadas a las mejores prácticas a nivel internacional”, expresó Houellemont.
La nueva Ley 36-23 modifica los artículos 15, 16, 16.1 y 17 de la Ley 50-87.
Asimismo, la empresaria apreció la labor de los diputados y senadores, y en especial a su proponente, la Senadora Faride Raful, por su compromiso en la aprobación de leyes, encaminadas a impulsar los métodos alternativos de solución de conflictos como son la conciliación, la mediación y el arbitraje.
Mientras que Eduardo Domínguez-Imbert, presidente de la Corte de Arbitraje y Resolución Alternativa de Conflictos de Santo Domingo, valoró la aprobación de la ley. Al mismo tiempo, dijo que la modificación de dichos artículos viene a confirmar que el arbitraje es la herramienta más efectiva para la solución de conflictos de índole comercial tanto en el plano nacional como internacional.
La Corte fue creada de conformidad con la Ley 50-87 de fecha 4 de junio de 1987 sobre Cámaras Oficiales de Comercio y Producción de la República, la cual faculta a las Cámaras de Comercio del país a crear este tipo de organismo. Es independiente y adscrita a la Cámara de Comercio de Santo Domingo, y tiene como finalidad ofrecer a los empresarios e inversionistas, nacionales y extranjeros, servicios de solución de sus conflictos con eficacia, eficiencia e imparcialidad.
Las partes en una relación comercial pueden acordar solucionar sus conflictos ante la Corte mediante arbitraje, conciliación y mediación en sus contratos o luego de surgido el conflicto.